Contrato de Prestación de Salud para Atenciones Ambulatorias y Telemedicina
Se ha convenido en el siguiente Contrato de Prestaciones de Servicios de Salud para Ambulatorias y de Tele Medicina.
PRIMERO: DEFINICIONES Y ADMINISTRACION
Para los efectos de este Contrato se entenderá por:
- Prestador del Servicio: Mediexpress SpA.
- Contratante y afiliado: El suscriptor del presente Contrato y las personas individualizadas en la Solicitud de Inscripción que forman parte integrante del mismo.
- Enfermedad: Toda alteración de la salud contenida en el manual denominado “Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud”, editado por la Organización Mundial de la Salud.
- Diagnóstico: El informe médico basado en la historia clínica del afiliado, con sus respectivos exámenes.
- Médico tratante: es el encargado de indicar, efectuar y controlar el tratamiento.
- Telemedicina: Atención vía online, que incluye Evaluación, Diagnóstico, Tratamientos, Derivación a especialistas, Órdenes y revisión de exámenes, Recetas médicas, Licencias médicas si el paciente así lo requiere según evaluación médica.
SEGUNDO: Prestación de Salud para Atenciones Ambulatorias y Tele Medicina
Durante la vigencia de este Contrato, El Prestador otorgarán las atenciones via Telemedicina para el tratamiento de las enfermedades que se diagnostiquen durante su vigencia en los términos, condiciones y montos que se establecen en los artículos siguientes y en la Solicitud de Inscripción, la que se entiende formar parte integrante del presente Contrato.
La obligación de proporcionar dichas prestaciones
CUARTO: VALORIZACION, DETALLE, PRESTACIONES Y PAGO
- Valorización y Pago: El valor del plan mensual es de $9.990, (nueve mil novecientos noventa pesos chilenos), las prestaciones a las que el CONTRATANTE tendrá derecho son:
- Cuatro atenciones de Medicina General Mensuales vía Telemedicina
- 10% descuento en atención domiciliaria: Medicina, Enfermería, Kinesiología, Técnico en enfermería, Terapeuta Ocupacional y Fonoaudiología
En el caso de que el contratante quiera incluir a cargas familiares y conyugue el valor será de $6990 (seis mil novecientos noventa pesos) fijos mensuales por carga si deseas incorporarlos.
Si deseas inscribir solo tu carga como titular también lo puedes realizar pagando el convenio de $9990(nueve mil novecientos noventa pesos), mensuales . Los valores anteriormente individualizados no incluyen costos por insumos médicos, exámenes, así como tampoco medicamentos.
El porcentaje de descuento ofrecido, será aplicado sobre los valores vigentes al momento de la solicitud de atención.
En el caso del descuento en tratamientos continuos, este se aplicará sobre el valor presupuesto determinado por el profesional asignado para la evaluación inicial. El presupuesto primitivo podrá sufrir variaciones dependiendo de la evolución y características particulares de cada paciente.
QUINTO: VIGENCIA
Vigencia: La vigencia del presente Contrato comienza desde el momento que el contratante o afiliado haya suscrito el presente contrato y pagado la cuota inicial de este, durante 6 meses y se renovará automáticamente por períodos iguales y sucesivos, salvo en el caso contemplado en el punto siguiente, o bien que alguna de las partes dé aviso a la otra de su intención de ponerle término a la fecha de su vencimiento semestral, lo que deberá hacer por escrito, a lo menos, 30 días de anticipación a la fecha de término de la vigencia semestral, la comunicación de voluntad deberá ser enviada vía correo electrónico a la siguiente dirección de correo: convenios@mediexpress.cl.
SEXTO: TERMINO ANTICIPADO Y CADUCIDAD DEL CONTRATO.
El Prestador podrá poner término anticipado al presente Contrato o excluir del mismo a alguno de sus afiliados en caso que el contratante o algún afiliado no cumpla con las obligaciones que éste impone. El Prestador dará aviso correspondiente al contratante con, a lo menos, 30 días de anticipación.
El presente Contrato caducará automáticamente, sin necesidad de aviso previo, en los siguientes casos:
- Si el contratante no paga oportuna e íntegramente la cuota mensual.
- Si el contratante proporciona al Prestador, información falsa o incompleta.
SEPTIMO: AUTORIZACION PARA RECABAR INFORMACION
El Contratante declara conocer y aceptar que los Prestadores, para poder otorgar los beneficios de salud a que tienen derecho los afiliados en virtud del presente Contrato, podrán requerir de todos los médicos, hospitales, clínicas, laboratorios, otras instituciones de salud o personas que le hubieran examinado o asistido en sus dolencias, lesiones o enfermedades, los antecedentes médicos, clínicos o patológicos que pudieren tener respecto de su estado de salud y de los afiliados, previa autorización por parte del paciente de acuerdo a la normativa vigente.
OCTAVO: BOLETAS
El Contratante autoriza al Prestador para que le envíen los documentos tributarios electrónicos correspondientes al pago del precio del presente Contrato a su correo electrónico.
NOVENO: NOTIFICACIONES
Las notificaciones, avisos y correspondencia de los Prestadores al contratante se harán vía correo electrónico desde dirección indicada en el presente documento y al correo señalado por el Contratante.
* La empresa se encuentra en constante crecimiento lo que esperamos abrir nuestra atención domiciliaria en distintas regiones para estar mas cerca de usted.
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- Servicios Médicos
- Salud Mental
- Salud Metabólica y Nutricional
- Servicios Domiciliarios
Nota : Las cargas aceptadas en convenio deben tener la edad mínima de 2 años hasta 17 años 11 meses las cuales serán reconocida y aceptadas por sistema según reglas Mediexpress.